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Guía Indemnizaciones accidentes de tráfico

Sufrir un accidente de tráfico puede ser una experiencia traumática y confusa. Además de lidiar con las posibles lesiones físicas y daños materiales, surgen muchas dudas legales sobre cómo reclamar una indemnización justa. En este artículo, responderemos a las preguntas más comunes sobre el proceso de solicitud de indemnización por accidentes de tráfico, para que conozcas tus derechos y sepas cómo actuar en cada situación.

A continuación, te ofrecemos una guía clara y directa en formato de Preguntas Frecuentes (FAQ) para resolver todas tus inquietudes.

Preguntas Frecuentes sobre la Solicitud de Indemnización por Accidente de Tráfico

1. ¿Quién está legitimado para solicitar una indemnización como víctima de un accidente de tráfico?

Cualquier persona que haya sufrido lesiones o daños materiales a causa de un accidente de tráfico en el que no sea la parte culpable puede solicitar una indemnización. Esto incluye tanto a conductores, pasajeros y peatones involucrados. Además, en ciertos casos, los ocupantes del vehículo responsable del accidente también podrían tener derecho a una indemnización, y también los familiares de cualquiera de los lesionados, dependiendo de las circunstancias, pueden tener derecho a percibir algún tipo de indemnización.

2. ¿Quién puede solicitar una indemnización en caso de que la víctima directa fallezca en el accidente de tráfico?

En caso de fallecimiento, los familiares directos de la víctima tienen derecho a solicitar una indemnización. Esto generalmente incluye cónyuges, hijos, padres y en algunos casos otros familiares cercanos que dependieran económicamente del fallecido. La Ley establece un baremo que determina las cuantías que corresponden en función del grado de parentesco y otros factores relevantes.

3. ¿Qué parámetros se valoran para el cálculo de una indemnización por lesiones en accidente de tráfico?

El cálculo de la indemnización por lesiones se realiza en base a varios parámetros, como:

  • Gravedad de las lesiones: Esto incluye tanto las lesiones temporales como las permanentes.

  • Tiempo de recuperación: El número de días que la víctima ha necesitado para curarse, distinguiendo entre días de hospitalización, de baja laboral o de recuperación parcial.

  • Secuelas: Cualquier daño permanente que limite las capacidades físicas o psicológicas de la víctima.

  • Pérdida de ingresos: En caso de que la víctima no pueda trabajar temporal o permanentemente debido a las lesiones.

  • Pérdida de calidad de vida: en caso de que las secuelas impidan a limiten la autonomía personal de la víctima para realizar actividades esenciales en el desarrollo de su vida ordinaria o su desarrollo personal.

  • Daños materiales: Costo de reparación o reposición de los bienes afectados, como el vehículo o pertenencias personales.

  • Gastos médicos: Incluye tanto los tratamientos realizados como los futuros que sean necesarios para la recuperación.

  • Pérdida de ingresos: En caso de que la víctima no pueda trabajar temporal o permanentemente debido a las lesiones.

4. ¿Cómo se realiza el cálculo de la indemnización?

El cálculo de la indemnización se basa en un sistema de baremo legal, que establece una tabla con importes específicos dependiendo de la naturaleza y severidad de las lesiones, así como el tiempo necesario para la recuperación y las secuelas que pudieran quedar. Este baremo se actualiza anualmente y sirve como una guía estándar para garantizar indemnizaciones justas y proporcionales.

5. ¿Qué obligaciones tiene la compañía de seguros que debe abonar la indemnización?

La compañía de seguros tiene varias obligaciones clave:

  • Ofrecer una indemnización justa de acuerdo con el baremo vigente.

  • Emitir una oferta motivada en un plazo máximo de tres meses desde la presentación de la reclamación.

  • Cubrir los gastos médicos y de rehabilitación dentro de los límites establecidos por la póliza y el baremo.

  • Informar adecuadamente a la víctima sobre sus derechos y cómo proceder si no está conforme con la indemnización ofrecida.

6. ¿Qué es una oferta motivada?

Una oferta motivada es una propuesta formal de indemnización emitida por la compañía aseguradora en respuesta a una reclamación por accidente de tráfico. En ella, la aseguradora debe explicar detalladamente cómo se ha llegado a la cantidad ofrecida, basándose en las pruebas y los informes médicos y técnicos disponibles. Es obligatoria por ley y se debe entregar en un plazo de tres meses desde la reclamación inicial, resultando vinculante para la compañía de seguros.

La oferta no puede estar condicionada a la renuncia al ejercicio de reclamaciones futuras y la víctima del accidente puede aceptar el importe ofertado a cuenta del que finalmente le corresponda, pudiendo incluso interponer demanda judicial por la cantidad que considere que le falta por percibir.

7. ¿Qué requisitos debe reunir una oferta motivada para ser válida?

Para que una oferta motivada sea válida, debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Justificación clara de cómo se ha valorado el daño y el importe ofrecido.

  • Basarse en pruebas objetivas como informes médicos y periciales.

  • No puede estar condicionada a que la víctima renuncie a futuras reclamaciones si la oferta no cubre todos los daños.

  • Incluir un desglose detallado de los diferentes conceptos que se indemnizan, como días de baja, secuelas, etc.

8. ¿Qué consecuencias tiene formular una oferta motivada incumpliendo estos requisitos?

Si la oferta motivada no cumple con los requisitos, la víctima puede rechazarla y la aseguradora podría verse expuesta a sanciones o a un proceso judicial en el que se le exija una indemnización más elevada. Además, la ley protege a las víctimas para que puedan continuar reclamando incluso después de recibir una oferta insuficiente.

9. ¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la oferta motivada?

Si no estás de acuerdo con la oferta motivada, tienes derecho a rechazarla y solicitar una revisión o acudir a la vía judicial. Es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especializado para valorar si la oferta cumple con lo establecido en la ley y si es necesario reclamar una indemnización mayor.

Aunque la oferta sea rechazada, el perjudicado puede aceptar la cantidad ofertada a cuenta de la que se pueda reconocer a su favor en vía judicial, pues la compañía de seguros no puede condicionar la entrega de la cantidad ofrecida a la renuncia al ejercicio de acciones judiciales.

10. ¿Y si recibo una respuesta motivada?

La respuesta motivada es el documento mediante el cual la aseguradora comunica al reclamante las razones por las que rechaza o no acepta una reclamación presentada, ya sea de manera parcial o total. En este documento, la aseguradora debe justificar de manera detallada y fundamentada su decisión. Generalmente, esta respuesta se basa en los informes médicos proporcionados por el lesionado, los cuales son analizados posteriormente por los servicios médicos de la aseguradora. Este análisis determinará si corresponde formular una oferta motivada de indemnización o si, por el contrario, procede rechazar la reclamación.

Las aseguradoras pueden rechazar el pago de una indemnización por diversos motivos, los cuales dependerán de las circunstancias particulares de cada caso. No obstante, es obligatorio que se facilite al reclamante una explicación clara y detallada de los motivos del rechazo, lo que permite que, si así lo considera oportuno, el afectado pueda impugnar la decisión utilizando los medios legales que tiene a su disposición.

Desde la reforma integral del sistema de indemnizaciones operada en el año 2015, es frecuente que las compañías de seguros rechacen asumir cualquier tipo de indemnización en casos de lesiones derivadas de accidentes de baja intensidad. Esto ocurre principalmente porque las aseguradoras suelen argumentar que no existe una relación de causalidad entre el accidente y las lesiones que los reclamantes afirman padecer. En estos casos, es común que las lesiones reportadas, como los traumatismos cervicales menores (esguince cervical o «latigazo cervical»), se diagnostiquen únicamente con base en las manifestaciones del propio lesionado, sin evidencia objetiva que las respalde, lo que lleva a las aseguradoras a dudar de la conexión entre el accidente y las lesiones.

En este contexto, el artículo 135 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor establece que las lesiones sufridas en un accidente de tráfico solo serán indemnizables como lesiones temporales si se cumplen los siguientes criterios de causalidad:

Criterio de exclusión: Este criterio se refiere a la ausencia de otras causas que justifiquen completamente la patología alegada por la víctima. Por ejemplo, si la persona ya tenía diagnosticada una cervicalgia crónica antes del accidente, la aseguradora puede alegar que el accidente no es la causa de la lesión, sino una condición previa.

Criterio cronológico: Para que se reconozca la relación de causalidad, la sintomatología debe aparecer en un plazo de tiempo médicamente razonable tras el accidente. En términos generales, se establece como límite un período de 72 horas desde el siniestro. Si el lesionado acude al médico pasadas esas 72 horas, es probable que la aseguradora niegue la indemnización, ya que será difícil demostrar que las lesiones se derivan directamente del accidente.

Criterio topográfico: Este criterio exige que exista una coherencia entre la zona del cuerpo afectada por el accidente y la lesión reclamada. Es decir, la lesión debe estar localizada en una parte del cuerpo que, razonablemente, haya sido impactada o afectada por el siniestro.

Criterio de intensidad: Este último criterio evalúa la adecuación entre la gravedad de la lesión y el mecanismo del accidente, teniendo en cuenta la intensidad del impacto y otros factores que podrían influir en la probabilidad de la existencia de la lesión. Por ejemplo, en accidentes de baja velocidad o con daños mínimos en los vehículos, las aseguradoras suelen argumentar que es improbable que se hayan producido lesiones graves, basándose en la baja intensidad del choque.

Si la respuesta motivada se basa en el incumplimiento de alguno de estos criterios, será necesario analizar el caso con detenimiento. Dependiendo de las circunstancias del accidente, como los daños sufridos por el vehículo, sus características técnicas, la constitución física de la víctima, su posición al volante en el momento del impacto, entre otros factores, se podrá determinar si es viable presentar una reclamación judicial contra la aseguradora. Por el contrario, si la respuesta ofrecida por la aseguradora es adecuada, puede que no sea aconsejable iniciar un proceso judicial, ya que los costes del mismo podrían resultar desproporcionadamente altos en relación con la indemnización que se espera obtener